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Requisitos de Incorporación(vid. Art 13 del Estatuto General de la Abogacía Española).
- Tener nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea o del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo de 2 de mayo de 1992, salvo lo dispuesto en tratados o convenios internacionales o dispensa legal.
- Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
- Poseer el título de Licenciado en Derecho o los títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homologados a aquéllos.
- Satisfacer la cuota de ingreso y demás que tenga establecidas el Colegio.
- Carecer de antecedentes penales que inhabiliten para el ejercicio de la abogacía.
- No estar incurso en causa de incompatibilidad o prohibición para el ejercicio de la abogacía.
- Por Ley, a tenor de lo establecido en los artículos 36 y 149.1.30ª de la Constitución, se podrán establecer fórmulas homologables con el resto de los países de la Unión Europea que garanticen la preparación en el ejercicio de la profesión. En todo caso, estarán exceptuados de dicho régimen los funcionarios al servicio de las Administraciones públicas, en el ámbito civil o militar, que hayan superado los correspondientes concursos u oposiciones de ingreso, para cuya concurrencia hayan acreditado la licenciatura en derecho y hayan tomado posesión de su cargo, así como quien haya sido con anterioridad abogado ejerciente incorporado en cualquier Colegio de Abogados de España.
- Formalizar el ingreso en la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a prima fija o, en su caso, en el Régimen de Seguridad Social que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.
Documentación a presentar:
- Fotocopia compulsada del título de Licenciado en Derecho o certificación de haber satisfecho los derechos para la expedición del título o certificación académica de notas original.
- Certificado del Consejo General de la Abogacía Española (se solicita remiendo la solicitud al número de fax 91 532 96 00, junto con el resguardo del ingreso de 290 € IVA incluido(a partir 1 enero 2.008) en nº de cuenta 0182-5906-81-0011880017
- Instancia dirigida al Excmo Sr. Decano del Ilustre Colegio de Abogados solicitando la colegiación y manifestando no poseer ningún tipo de incompatibilidad para el ejercicio de la profesión.
- Fotocopia del DNI
- Dos fotografías tamaño carné.
- Certificado de antecedentes penales (se solicita al Registro Central de penados y rebeldes del Minsiterio de Justicia mediante cumplimentación de impreso de venta en estancos).
- Domicilio bancario (veinte dígitos).
- Partida de nacimiento.
- Declaración Censal de Alta ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Solicitud de inscripción en la Mutualidad de la Abogacía Española (mediante impreso a cumplimentar en el Colegio) o alta en el R.E.T.A..
- Autorización u oposición en cuanto a la utilización de datos personales. (mediante impreso a cumplimentar en al Colegio).
- Cumplimentación de acta de juramento o promesa de acatamiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, y de fiel cumplimiento de las obligaciones y normas deontológicas de la profesión de abogado (sin perjuicio de su posterior ratificación pública ante la Junta de Gobierno).
- Impreso Solicitud Certificado Cuota Nueva Incorporación

NOTA: La colegiación como no ejerciente no precisa de la documentación indicada en los apartados 8, 9, 10 y 12.
Coste de la colegiación y de la permanencia en el colegio.
- Cuota de ingreso: 720 € + 16 % IVA= 835,20 €.
- Cuota colegial trimestral para ejercientes:
- 66,86 € + 16 % IVA= 77.56 € durante los cuatro primeros años.
- 73,62 € + 16 % IVA= 85,40 € desde cinco a ocho años de colegiación.
- 80,39 € + 16% IVA= 93,25 € desde los ocho años de colegiación en adelante.
- Cuota colegial trimestral para no ejercientes: 30’05 + 16% IVA= 34,86 €.
- Cuota Mutualidad: varía en función de la edad de colegiación. Cuota R.E.T.A.: mensual
- Cuota del Fondo de Asistencia Social (cuota anual):
- 27,05 durante los cuatro primeros años.
- 54,09 euros desde cinco a ocho años de colegiación.
- 81,14 euros desde los ocho años de colegiación en adelante.
- Cuota del Seguro de Responsabilidad Civil (solo ejercientes):
- Anualidad 1/07/2006 a 30/06/2007: 185,7 euros
- Anualidad 1/07/2007 a 30/07/2008: 185,7 euros
- Cuota anual extraordinaria para 2007 para ejercientes residentes a efectos del Proyecto de Infraestructura Tecnológica de la Abogacía del Consejo General de la Abogacía Española: 18 euros.
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